Natalia Aguiar
La reforma laboral que impulsa Javier Milei pretende dar vigor a su gestión y relanzarla en pleno verano, a modo de "modernización laboral", afecta derechos básicos y genera un enfrentamiento con los sindicatos. De hecho, el próximo jueves la CGT realizará una marcha en descontento por esta propuesta.
Podría decirse que el objetivo de la reforma es alentar a los empresarios en desmedro de la clase trabajadora. Claro que la cuestión divide aguas en la sociedad, pero lo cierto es que se vulneran principios y derechos básicos de los trabajadores, cuestión que se debatirá en la Justicia.
Si bien la ley aún no se aprobó, ya empezaron las reacciones en varios puntos sobre todo respecto del tope de la indemnización por despido, la ampliación de la jornada laboral y el fraccionamiento de las vacaciones:
Explican los abogados laboralistas que respecto el tope indemnizatorio, el proyecto establece una base salarial para calcular el monto de las indemnizaciones por despido, y que la misma equivaldrá al salario promedio del convenio colectivo correspondiente. Esto es contrario a lo que establece el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, que establece que la base para calcular la indemnización por despido se conforma por la mejor remuneración mensual normal y habitual devengada del trabajador en el último año.
De esta manera se reduce la indemnización por despido y se vulnera el “principio de progresividad” o “principio de no regresión” que dispone nuestro ordenamiento jurídico laboral, la Constitución Nacional y los tratados internacionales, en donde se defiende que, respecto del contrato de trabajo, no podrán realizarse cambios o modificaciones que impliquen disminución o pérdida de derechos
Por otro lado, el proyecto le permite al empleador fraccionar las vacaciones en lapsos no menores de siete días. Un tema de extrema vulnerabilidad porque las vacaciones constituyen un derecho constitucional al descanso anual remunerado y su fraccionamiento o modificación impuesto por el empleador puede constituir arbitrariedad y un ejercicio abusivo del “ius variandi”, es decir la posibilidad que tiene el empleador de modificar unilateralmente ciertas condiciones del trabajo.
El nuevo texto que se presentará en el Senado permite jornadas diarias de hasta 12 horas a través de un mecanismo denominado “banco de horas”, donde se acumulen las horas extra para luego compensarlas con francos o días de descanso en el futuro. Este criterio prioriza la flexibilidad operativa del empleador por sobre la salud del trabajador, vulnerando el derecho al descanso efectivo, similar al punto del fraccionamiento de las vacaciones.
De convertirse en ley este proyecto, se generarán innumerables cuestionamientos ante la justicia que deberá ponerle el cascabel al gato. Serán los jueces laborales los que deberán poner límites y defender a los trabajadores conforme nuestra normativa y tratados de Derechos Humanos ratificados por nuestro país.
Sindicatos sindicados
El proyecto oficial intenta romper con el poder sindical y las acciones oscuras de las administraciones. La CGT elegida el 5 de octubre pasado, no pudo más que optar por el tradicional método de protesta y pretenden llevar 150 mil personas el próximo jueves a Plaza de Mayo para presionar al Gobierno y a los legisladores. Pese a ello, existe diálogo con el Gobierno, sobre todo para contener a los sectores más duros del gremialismo, que consideran al proyecto “una provocación”.
Lo que más molesta al sindicalismo es el artículo 126 de la reforma laboral, en el que dice que “los empleadores podrán actuar como agentes de retención de los importes que, en concepto de cuotas de afiliación, deban abonar los trabajadores afiliados a asociaciones sindicales con personería gremial, siempre que medie conformidad expresa del trabajador y acuerdo entre las partes”. La ley vigente establece la obligatoriedad de que los empleadores actúen como agentes de retención y no sólo de las cuotas de afiliación, como quedó ahora tras la modificación libertaria, sino también de “otros aportes”, lo que permitió que también estuviera garantizada la recaudación de las cuotas solidarias.
Se cuestiona que las cuotas solidarias se descuenten de los salarios de manera compulsiva y obligatoria, pero fue la Corte la que convalidó ese esquema de los empleadores como agente de retención de las cuotas sindicales al convalidar ese beneficio para los sindicatos con simple inscripción, en un fallo dictado en 2021.
Los referentes de la CGT, consideran que este proceso en torno a la reforma laboral expuso que el ala política del Gobierno, liderada por Karina Milei se impuso a Sturzenegger en algunos puntos del proyecto, pero no alcanzó a desactivar un grupo de “artículos-bomba” que finalmente hicieron estallar la relación con la CGT.
Así pues, el Gobierno pretende aprobar este proyecto entre el 16 y 30 de diciembre, en las sesiones extraordinarias. Ante un nuevo Congreso, busca relanzar su gestión con nuevas estrategias de negociación y poder de mando, con la finalidad de reactivar el empleo y la economía.
El Presupuesto y la Inocencia Fiscal serán tratadas en el mismo período, pero en la Cámara de Diputados, donde los libertarios ostentan unas 85 bancas que, aunque no le dan la mayoría para marcar su agenda, les permite poner en juego el poder de negociación.
Una vez más, y fiel a su estilo, Javier Milei arrasa con derechos y garantías de los trabajadores tuteladas por leyes nacionales e internacionales, aunque claro, no le interesa nada más que su ombligo. El objetivo es demostrar gobernabilidad y dinámica en su gestión, a cualquier precio. Vale todo. Si tiene que derribar décadas de logros en los derechos laborales, lo hará. Si deben rodar las cabezas de los trabajadores, rodarán. No tendrá miramientos, a todo o nada.

Mario Casalla
Franco Hessling Herrera
Antonio Marocco