medranoPor Josefina Medrano

La semana pasada estaba en Buenos Aires a propósito de una presentación a alumnos integrantes de lo que se llama programa “Pitthealth”, de la Universidad de Pittsburgh, hablando sobre mi experiencia de gestión en la pandemia y tratando la importancia de eficientar el gasto en salud y la optimización de los recursos en situaciones críticas como fue la llegada del Covid 19.

Habitualmente me quedo en un barrio donde la población que reside, en su mayoría son adultos mayores, ya que vivir en esa zona representa gastos bastantes onerosos difícil de afrontar por las nuevas generaciones. Es inevitable por la calle observar sus movimientos lentos y pausados, sus facies que tramiten experiencia como también certidumbre del paso de los años y las necesidades, algunas evidentes y otras no tanto, de salud que tienen. Fue entonces cuando me llegaron algunos menajes preguntado qué opinaba del proyecto de ley del IPS, del cual no tenía conocimiento en ese momento.

Luego de leer con atención la paupérrima traza y mirando un poco para atrás, tratando como lo hago habitualmente en mi profesión de buscar la causa de los signos o síntomas que presenta el paciente, surgió claramente la intención de este proyecto. ¡Ahorrar! Ya por agosto del año pasado les había comentado en una columna sobre el error conceptual de ahorrar en salud.

Como sabemos la obra social provincial IPSS (Instituto provincial de salud de Salta), que da cobertura de salud a todos los empleados del sector publico provincial, se encuentra intervenida desde hace algunos meses por la situación económica administrativa que atraviesa y que le está dificultando dar respuesta a sus obligaciones con los afiliados.

Es necesario comentarles algunas cuestiones a los fines de contextualizar un poco y poder comprender para tener una opinión crítica sobre el asunto.

En Argentina, mientras estás en actividad laboral, parte de tu salario se destina a los aportes a la seguridad social. De ese porcentaje, un 3% se deriva a la obra social que vos elijas, y tu empleador aporta otro 6%. Cuando te jubilas, ANSES sigue descontando un 3% de tu haber previsional para cobertura de salud. Existen leyes nacionales que garantizan (ley 23.660 y 23.661) el derecho a la libre elección de una obra social y es la Superintendencia de Servicios de Salud quien establece los procedimientos para hacerlo incluso cuando te jubilas. Es importante destacar que si bien muchas personas creen que al jubilarse deben pasar automáticamente al Instituto Nacional para Jubilados y Pensionados (INSSJP) o PAMi como se lo conoce, lugar donde tuve el gusto de trabajar unos años, esto no es obligatorio. Las personas jubiladas tienen derecho a elegir otras obras sociales habilitadas para jubilados y pensionados, conocidas como "Obras Sociales Nacionales (OSN)" que integran el Registro Nacional de Agentes del Seguro de Salud.

Ahora bien, debemos conocer algunas particularidades respecto de IPSS. Quienes trabajan en el sector público provincial están afiliados de forma obligatoria al Instituto Provincial de Salud de Salta (IPSS). Al momento de jubilarse, las personas que pertenecen a este régimen no pueden derivar sus aportes a otra obra social, ya que el sistema provincial es único y cerrado. Esto significa que, en estos casos, no rige el derecho a la libre elección previsto en las leyes nacionales porque se trata de un régimen especial de carácter provincial. Además, el IPSS no forma parte del registro de obras sociales nacionales habilitadas por la Superintendencia. Esto significa que sus afiliados no tienen derecho a optar por otra obra social a través del sistema nacional y que si no existiera una normativa provincial como la vigente tampoco podrían conservar el IPSS como lo vienen haciendo al jubilarse.

Este proyecto de ley a las claras deja ver sus intenciones de “ahorrar” en el sistema. Seguramente los pensantes de estas estrategias, que inclusive las quieren implementar con fuerza de ley, desconocen el sistema de salud y están sustentando esto en una base meramente administrativa con una visión simplificada desconociendo la realidad humana, médica y social e inclusive los derechos de quienes hacen uso del mismo. Parecieron estar enfocados solo en equilibrar el déficit que impresiona ser bastante importante.

Desde este punto de vista administrativo donde solo se busca el ahorro y donde parecería para algunos coherente dejar fuera del sistema a los jubilados como en este caso, que para cualquier sistema a nivel mundial representan el mayor porcentaje de gasto en prestaciones médicas, consumo de medicamentos, estudios etc, sería una forma gloriosa de reducir costos y ahorrar. Una “gran solución económica para el IPSS” es el título de este capítulo, de un libro de cómo “no se debe gestionar salud”. Ignorando por completo el principio básico de la seguridad social: no se trata de un negocio sino de un derecho.

Recordemos que la salud funciona en un sistema solidario y medidas como estas de exclusión de los jubilados o uso de genéricos no genera un verdadero ahorro, solo traslada el problema a otras áreas del sistema o del sector o directamente al bolsillo en este caso de los jubilados. Suspender la cobertura de salud a los jubilados o negarles la persistencia en la obra social de toda su vida rompe con la continuidad medica de las personas, vulnera sus derechos y se transforma absolutamente en una injusticia social. Obligar el uso de genéricos sin control ni seguimiento también tiene su impacto en los pacientes crónicos, en potenciales efectos adversos, en la falla de tratamiento que pueden llevar inclusive a complicar la salud y requerir internaciones y mayor complejidad aumentando el gasto. Impacto que también se verá reflejado en los prestadores de salud que deberán evaluar la atención de esta cobertura en sus instituciones en términos de la posibilidad del uso real de genéricos para los distintos tratamientos entre otras cosas. Y ni hablar de lo negativo de la sinergia de estas dos situaciones.

Las estrategias de “ahorro” mal aplicadas en salud como suspender coberturas médicas o reemplazar indiscriminadamente medicamentos por genéricos afecta sin duda a los más vulnerables, viola los derechos fundamentales del ser humano en su derecho a la salud e ignora los principios básicos de la seguridad social como la solidaridad, la universalidad y la continuidad.

Me pregunto dónde están aquellos responsables dentro del Sistema de Salud, en este caso del poder ejecutivo, que deben tener una visión centrada principalmente en las personas y no ver la salud como un gasto si no como una inversión. Que con su supuesto expertis en gestión deberían haber tenido la capacidad de bien asesorar a la autoridad máxima antes de firmar este proyecto de ley que no sabemos quién redacto. Son Uds. dentro de la estructura de gobierno, los principales responsables de garantizar el derecho a la salud a través de una atención medica adecuada sobre todo a los sectores más vulnerables como los adultos mayores. Son quienes deben trabajar en adecuar el uso de los recursos y hacer eficiente el sistema y no seguir pensando que ahorrar es bien gestionar salud.

¡Señores! La salud no puede estar sujeta a cálculos fríos. No es una variable de ajuste. Es un derecho humano. Y los derechos no se negocian, se garantizan desde el estado. Y sobre todo en este grupo donde se vuelen mas urgentes.