La orden responde a un pedido que la defensa hizo por razones de salud. Desde la fiscalía se opusieron. La jueza Gabriela Catalano, sin embargo, le otorgó el beneficio.
La detención del ex juez se había concretado por un movimiento del fiscal general Carlos Martín Amad, quien pidió su detención luego de que el 14 de octubre pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declarara inadmisible un planteo que la defensa había interpuesto para revertir esa condena.
Concretada la captura, Reynoso fue alojado en las instalaciones del Escuadrón 45 de Gendarmería Nacional, en Chachapoyas, tras lo cual, el 27 de octubre, reingresó a la cárcel federal de General Güemes, donde había detenido desde el 25 de marzo de 2019, cuando fue condenado a 13 años de prisión por el Tribunal Oral Federal 1.
En esa causa, el ex magistrado también fue juzgado por dictar fallos favorables a imputados por narcotráfico. En dicho juicio, llegó acusado de ser autor del delito de concusión en siete hechos, en concurso ideal con la autoría del delito de prevaricato en seis hechos.
El fallo, de poco más de 20 páginas, resume el devenir de la causa penal por la que ese mismo tribunal condenó a Reynoso a la pena de 5 años de prisión por haber favorecido, entre otros, al mismo capo narco Delfín Castedo, en una causa por la que registraba un pedido de captura.
Para volcarse a otorgar el arresto domiciliario que tanto pedía el ex juez federal de Orán, la camarista corrió vista del pedido defensivo a la fiscalía, la que se opuso a que se le otorgara tal beneficio y aseguró que los informes médicos, tanto del hospital Oñativia y del propio Complejo Penitenciario Noa 3, daban cuenta de que la dolencia de Reynoso podía ser tratada en la cárcel.
No obstante, la jueza consideró de mayor peso los argumentos defensivos y también tomó argumentos de la resolución por la que se le concedió al ex juez el arresto domiciliario, a lo que la fiscalía respondía que, en dicha ocasión, se adoptó esa medida dado el contexto de pandemia por el COVID-19, lo que ahora no sucede.
Igualmente, la jueza de ejecución y sentencia decidió beneficiar al ex colega, a quien mandó a casa, bajo el control estricto de Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal. Conocida la resolución, el fiscal general adelantó que apelará la decisión de la magistrada por considerarla arbitraria.
Desde que la Corte Suprema de Justicia de la Nación desechó el 14 de octubre pasado un planteo que la defensa del ex juez federal Raúl Reynoso interpuso para revertir la condena de 5 años de prisión dictada en su contra el 27 de agosto del 2024, la vida del ex magistrado dio varios tumbos llevándolo primero a un calabozo en el Escuadrón 45 de Gendarmería Nacional, al día siguiente del fallo del alto tribunal.
Doce días después, reingresó al Complejo Penitenciario Federal NOA 3, donde ya estuvo preso, luego de que el 25 de marzo de 2019, el Tribunal Oral Federal 1 lo condenara a la pena de 13 años de prisión como autor del delito de concusión en siete hechos, en concurso ideal con la autoría del delito de prevaricato en seis hechos.
La segunda pena, del 27 de agosto, en tanto, fue impuesta por el Tribunal Oral Federal 2, lo condenó por los delitos de cohecho pasivo, en concurso ideal con falsedad ideológica de documento público y concusión, en concurso real.
Según este tribunal, el ex juez ya tendría cumplida la mitad de su condena, desde junio pasado, mientras que los dos tercios, necesarios para pedir la libertad condicional, recién lo tendría por cumplidos en abril del próximo año. La pena completa, en cambio, estaría saldada en diciembre del 2028.
Con este computo, el tribunal dio por cumplida su tarea y dejó en manos de sus pares del tribunal 1, que condenó al ex juez a 13 años de cárcel, la tarea de realizar la unificación de pena, ya que el artículo 58 del Código Penal, indica que la pena única debería dictar el tribunal que impuso la mayor condena.
