08 17 aguaUna asociación civil presentó una acción colectiva de consumo para cuestionar los aumentos aplicados durante este año y pidió que se declare ilegal una parte de las actualizaciones tarifarias autorizadas para el servicio.

La presentación ingresó el viernes pasado a la mesa distribuidora del Poder Judicial de Salta y apunta directamente al mecanismo utilizado para calcular las subas. Según sostiene la organización, la tarifa terminó creciendo muy por encima del límite establecido por la legislación provincial.

El planteo se concentra en el componente correspondiente a la denominada Revisión Tarifaria Integral (RTI), incorporado a las actualizaciones mensuales bajo el concepto de “readecuación”. Protectora sostiene que ese porcentaje se sumó al índice de inflación y provocó que cada incremento superara el límite previsto por la ley provincial 8.457.
La norma establece que las actualizaciones vinculadas con mayores costos del servicio de agua potable y desagües cloacales no pueden superar la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC.
Desde la asociación Protectora remarcaron que el límite establecido por la legislación es claro: la tarifa no debería aumentar por encima de la inflación.
El cuestionamiento surge a partir del esquema aprobado por el Ente Regulador de los Servicios Públicos (Enresp) mediante la resolución 2060/2025, luego de la audiencia pública realizada en diciembre del año pasado.
De acuerdo con la presentación judicial, ese mecanismo estableció una actualización mensual compuesta por dos elementos: la variación del IPC correspondiente al período y un porcentaje fijo del 2,5445%, asociado a la Revisión Tarifaria Integral para el período 2026-2028.
El problema, según argumenta la asociación, está precisamente en la forma en que se aplicó ese porcentaje. Al incorporarse de manera fija a cada actualización, la suba mensual terminó quedando por encima de la inflación registrada.
Durante 2026, el Enresp autorizó siete incrementos consecutivos para el servicio. Las resoluciones fueron dictadas entre febrero y julio, con aplicación sucesiva sobre las facturas correspondientes a los consumos de esos períodos.
Protectora detalló que los aumentos fueron autorizados mediante las resoluciones 194/2026, 356/2026, 498/2026, 768/2026, 904/2026 y 1219/2026, correspondientes a las actualizaciones aplicadas desde febrero hasta agosto.
El resultado acumulado es uno de los principales argumentos de la demanda. Según los números presentados por la asociación, la tarifa de agosto quedó aproximadamente un 40,68% por encima del valor registrado en enero. En el mismo período, el incremento acumulado del IPC habría sido cercano al 18,48%.
Con esos datos, Protectora sostiene que el aumento del servicio terminó superando ampliamente el límite que, según interpreta, establece la ley provincial.
“La tarifa subió más del doble de lo que la ley permite”, plantea la asociación en su presentación.
El reclamo no se limita a pedir que se detenga el mecanismo cuestionado. Protectora también solicitó que se devuelvan a los usuarios las sumas que, de acuerdo con su planteo, fueron cobradas en exceso. A ese monto deberían agregarse los intereses previstos por la Ley Nacional de Defensa del Consumidor.